Explotación de la Red de Transmisión
ETESA tiene derecho a operar, explotar, mantener y realizar mejoras a la Red de Transmisión y todas las actividades necesarias y convenientes para la prestación del servicio de transmisión de energía eléctrica. La prestación del servicio público de transmisión de energía eléctrica debe ser continua, eficiente y confiable.
Acceso Abierto al Sistema de Transmisión
ETESA debe permitir el acceso abierto y no discriminatorio de usuarios a la capacidad de transporte y transformación vinculada a sus sistemas, en las condiciones pactada con los Agentes del Mercado (sus Clientes) y conforme a los términos de la Ley 6 de 1997, su reglamentación, y a los Reglamentos de Transmisión y Operación. Para obtener este acceso, los Agentes del Mercado deberán presentar una solicitud de conexión a ETESA, la cual realiza la evaluación técnica de la misma y autoriza la conexión, pudiendo condicionar dicha autorización a la realización de inversiones adicionales por parte del Agente, a fin de evitar efectos adversos que pudiese ocasionar la conexión del Agente al Sistema Interconectado Nacional. El Reglamento de la Ley No.6, Decreto Ejecutivo No.22 de junio de 1998 y el Reglamento de Transmisión estipula la forma de presentación de la solicitud. ETESA verificará las nuevas instalaciones y sus obras complementarias.