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Compras Especiales Resolución 463
Artículo 362. Empresas de Servicios Públicos. Las empresas Metro de Panamá, S.A., y sus subsidiarias, el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales, la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario, y el Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A. estarán exceptuados de la aplicación de la Ley de Contrataciones Públicas vigente, para la adquisición de servicios, insumos, mantenimientos, poda, limpieza, saneamiento, desinfección, fumigación, equipos y repuestos para mantener el servicio público, siempre que el monto de la contratación sea inferior a la suma de un millón de balboas (B/.l,000,000.00).
Compras reguladas por la ley 22 de Contrataciones Públicas.
COMUNICADO 11/6/2021
ETESA informa a todos los Proveedores Inscritos en el portal, que deben validar que la información suministrada de su Registro Único de Contribuyente (RUC) y el Digito Verificador (DV) sea la correcta. Esta información es necesaria para la emisión de pagos y la declaración de los mismos ante la Dirección General de Ingresos.
Agradecemos a los Proveedores realizar los ajustes necesarios en sus registros.